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Cuando hay que realizar el mantenimiento o revision de las calderas de gas, gasóleo y eléctricas y como prevenir fraudes


Llega un día que tenemos un operario de alguna empresa que realiza revisiones de análisis de combustión( o también llamadas las revisiones de gas ) tras la mirilla de la puerta, en ese momento siempre nos surgirán ciertas dudas y sospechas debido a las últimas actuaciones que se han dado a conocer en los medios de comunicación sobre diversas estafas acontecidas sobre estos temas.

Legalmente toda revisión debe ser notificada con un mínimo de 4 días antes de la realización de la visita, por lo que desconfié de cualquier operario que se situé en su puerta ofertándole una revisión sin haber realizado una notificación anteriormente de su visita.

Hay que tener claro preliminarmente la temporalidad con que se realizan las revisiones de gas para saber cómo se debe actuar en consecuencia y tener claro que existen dos revisiones, la de mantenimiento y la obligatoria.

La revisión de mantenimiento:

Desde abril del 2013 debido al real decreto 238/2013 la revisión de mantenimiento paso de ser un año a dos para equipos de menor potencia de 70kw( es decir todas aquellas calderas de gas que se encuentran siempre en hogares a no ser que vivas en la Moncloa o parecido) de la misma forma ocurre con los calentadores a gas con una potencia comprendida entre los 24,4kw y los 70kw, aquellos calentadores que tengan menos de 24,4kw tendrán que realizar una revisión cada 5 años.

Estas revisiones pueden ser realizadas por cualquier personal acreditado, ya sea una empresa o una persona física, mientras estas se encuentren habilitadas por la Dirección General de Industria, Energía y Minas, la cual le otorgará un numero identificativo para realizar los mantenimientos. Los documentos que deberán portar los revisores serán:

- Identificación personal. (DNI)

- Identificación de la Dirección General de Industria, Energía y Minas.

- Hojas de Reclamaciones.

- Factura.

- Certificado de adecuación a las normas exigidas.

Además de todo lo anteriormente mencionado respecto a las revisiones de mantenimiento hay que tener ciertos factores por parte del usuario de la caldera, como son las siguientes:

- El usuario es el encargado de contactar con una empresa instaladora habilitada para realizar mantenimientos y contratar sus servicios

- El precio del servicio es libre y no se encuentra estipulado.

- No es obligatorio disponer de contrato de mantenimiento para una potencia inferior a 70kw.

Nota: Hay que tener en cuenta que las instalaciones que sean alimentadas su calefacción mediante gasoil o electricidad deben de tener una periocidad en sus revisiones de un año.

La revisión obligatoria:

Independientemente de la revisión de mantenimiento de la caldera, el consumidor se encuentra obligado a realizar cada cinco años una revisión de las instalaciones de forma general. En este caso quien realiza la revisión es la empresa distribuidora (Gas natural, Madrileña del Gas, etc)

La distribuidora es la encargada en ponerse en contacto con el usuario para realizar la revisión (Excepto en la instalaciones s de gas envasado como el butano) y revisar tanto las zonas comunes y las propias las cuales se tienen que encontrar cumpliendo las condiciones adecuadas marcadas por la ley.

El cliente debe permitir realizar esta inspección a la distribuidora y la distribuidora le cobrará el servicio en la siguiente factura.

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